Otra vuelta de tuerca sobre el jelengue de reclutas cubanos en Rusia: Pulso entre el embajador y el canciller

A menos que el gobierno de Cuba coincida con Volodomir Zelenski en que el teatro de la guerra no es territorio ruso, los reclutas cubanos en Rusia no incurren en delito de mercenarismo.

Otra vuelta de tuerca sobre el jelengue de reclutas cubanos en Rusia: Pulso entre el embajador y el canciller
El embajador cubano en Moscú, Julio Antonio Garmendía Peña. Foto: MINREX.

El embajador cubano en Moscú, Julio Antonio Garmendía, acaba de recetar un medicamento para los mareos mediáticos que concitó el alboroto sobre reclutas cubanos en Rusia: “No tenemos nada en contra de los cubanos que solo quieren firmar un contrato y participar legalmente con el ejército ruso.”

La declaración citada este jueves por RIA Novosti y Sputnik se cae de la mata del Derecho Internacional. Desde 1907, la regla estriba en que los Estados neutrales no pueden formar grupos de combatientes ni abrir oficinas de reclutamiento para prestar ayuda a Estados en guerra, pero ningún Estado neutral incurre en responsabilidad porque ciudadanos suyos crucen voluntariamente la frontera para enrolarse en las fuerzas armadas de tal o cual Estado beligerante.

Por esta regla van a pelear a sueldo en Ucrania tanto ciudadanos de Estados Unidos como del Reino Unido, Polonia y otras partes del mundo, sin que pueda exigirse responsabilidad a sus respectivos gobiernos.

Doblez discursiva

Sin embargo, la blogósfera y las coberturas del tema cubano en la prensa independiente distan mucho de contentarse con algo tan simple. Ya se tachó la declaración de Garmendía -un veterano del servicio diplomático- como doble discurso, porque no aludió al mercenarismo y así habría tapado la contradicción entre tal delito y la alianza Moscú-La Habana.

El mareo impide comprender que los reclutas cubanos en Rusia no han cometido ese delito.

Es principio elemental del Derecho Penal que cierto acto es delito si y solo si se ajusta exactamente a la definición prescrita en la ley. Veamos cómo el Código Penal (2022) define este delito:

Como se precisó anteriormente en este sitio, los reclutas cubanos en Rusia se han incorporado a entidades militares rusas, esto es, integradas por individuos que son ciudadanos del Estado (Rusia) en cuyo territorio se proponen actuar: las regiones de Donetsk, Lugansk, Jersón y Zaporiyia, que ya son rusas por anexión y en las cuales se desarrolla la guerra ruso-ucraniana.

No cabe marearse con la matraca de que estos cubanos serían la cortina de humo para dar pie a la entrada de unidades regulares de las fuerzas armadas cubanas en la guerra de Ucrania, como si el MINFAR se complaciera en pasar un avance antes de rodar semejante película. Tampoco cabe marearse con aficionados a la contra-inteligencia que, tras descubrir en el sitio de representaciones diplomáticas de Cuba que la coronela Mónica Milián Gómez se desempeña como agregada militar, naval y aérea de la embajada cubana en Moscú, urdieron por simple asociación que estaba detrás del reclutamiento.

Mareo del Estado cubano

A Garmendía parece contradecirlo su propio jefe, el canciller Bruno Rodríguez Parrilla, quien reafirmó horas después en su cuenta de X-Twitter “la posición inequívoca e invariable del gobierno cubano” contra la participación de sus ciudadanos en cualquier conflicto, contra el mercenarismo y la trata de personas.

La contradicción es aparente, pues Garmendía acotó su declaración con que “nos oponemos a la ilegalidad y estas operaciones no están dentro del marco legal”. No obstante, el mareo estatal con la legalidad es agudo, y esta turbulencia no resulta nada conveniente en momentos en que La Habana está recibiendo a jefes de Estado y de gobiernos y hasta al Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, para la Cumbre del Grupo de los 77+China, que abre el telón este viernes.

Conforme a la legislación nacional no tiene justificación que el gobierno cubano asuma posición contraria a la participación de sus ciudadanos en cualquier conflicto, porque quienes salen legalmente del territorio nacional pueden irse a pelear adónde les dé la gana siempre que no haya norma especial que lo prohíba.

A menos que el gobierno de Cuba coincida con Volodomir Zelenski en que el teatro de la guerra no es territorio ruso, los reclutas cubanos en Rusia no incurren en delito de mercenarismo. Queda por dilucidar entonces si las personas detenidas en Cuba por este jelengue son responsables del otro delito que menciona el canciller: Trata de personas.

Entre criminales y víctimas

En este caso la ley discierne entre criminales y víctimas. Examinemos primero a estas últimas.

Para ser responsables por los delitos que cometan en relación con la trata de personas, las víctimas tienen que haber mostrado un papel activo o provocador o ejecutado acciones antijurídicas con el propósito de emigrar. Ambos requisitos distan mucho de concurrir en cubanos que, agobiados por la mala situación en la isla, intentaron irse a Rusia y correr el riesgo de morir creyendo que incluso en guerra la vida sería allí más soportable.

Por exención de visado podían volar a Moscú con solo tener pasaporte y permanecer en Rusia hasta 90 días, que se extenderían si se enrolaban en las fuerzas armadas e incluso propiciarían la residencia. ¿Qué delito habrían cometido? Ninguno.

Embajada de Cuba en Moscú. Foto: Cubaminrex.cu

Veamos ahora a los presuntos criminales, que serían los operadores de la red de trata de personas. Desde luego que se aprovecharon de la vulnerabilidad de las víctimas, que resulta común a la mayoría de los cubanos, pero por eso mismo no deben haber recurrido a ninguna amenaza, coacción o violencia. Para encausarlos la fiscalía tendría que transfigurar la oferta de contrato en soborno probar engaño si se ofertó cosa distinta a la prestación de servicio militar.

Así y todo, la conformidad con la legislación nacional que proclama el canciller se reviraría contra el régimen si la fiscalía encausa por trata de personas. La finalidad exigida por ley estriba en realizar actividades delictivas contrarias a la dignidad humana.

La defensa cantada sería entonces que ir a pelear del lado de Rusia no lo es y como no hay delito por faltar este elemento esencial de la definición legal de trata de personas, pues chirrín chirrán.

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