Invenciones y racionalizaciones en el anteproyecto de Constitución cubana

Invenciones y racionalizaciones en el anteproyecto de Constitución cubana

Por Miguel Fernández Díaz

Antes que poner on line el Anteproyecto de Reforma Constitucional analizado ya en el VII Pleno del Comité Central del único partido aceptado en Cuba, el diario Granma fue autorizado a informar “los aspectos principales” del documento, lo que desató una ola de especulaciones entre los siempre atentos analistas del acontecer cubano.

En los medios locales de Miami y la prensa internacionales se ha “filtrado” de todo a partir del prontuario divulgado por La Habana.  El Nuevo Herald resucitó al tercer día con la intriga de ¿Menos poder para Díaz-Canel? para abordar la partición de poderes que sigue a la división consumada de las jefaturas del Partido y del Estado, al tiempo que una jauría de expertos se ha lanzado a tejer conclusiones tan apresuradas como disparatadas del nuevo diseño constitucional.

Por el momento, el simulacro arrancó la tarde de este miércoles en Cuba. Los parlamentarios cubanos, reunidos en diez comisiones de trabajo de la Asamblea Nacional del Poder Popular (AN), iniciaron el “estudio individual” del Anteproyecto luego de que el texto y una correspondiente fundamentación les fueron presentados, según reportan los medios oficiales. El  periodo ordinario de sesiones de la AN que se efectuará el próximo sábado 21 de julio, contempla en su prden del día el análisis y aprobación del documento.

Desde luego que la nueva Constitución entraña tan solo el reajuste formal del Estado tardocastrista al contexto socioeconómico cambiante sin cambiar la dictadura de partido único, la ideología oficial, la represión política, la dirección centralizada de la economía y el monopolio sobre las armas y los medios fundamentales de producción y de comunicación masiva. Ese reajuste se aprecia nítidamente en la reorganización del aparato estatal, que puede columbrarse desde la perspectiva teórica de la clásica tripartición de poderes, sin perder de vista la perspectiva práctica de que se mantiene la unidad del poder dictatorial del partido único y para su mejor ejercicio se redistribuyen funciones estatales.

Poder Legislativo

La AN prosigue con su doble potestad constituyente y legislativa como órgano supremo del Estado. Sin potestad constituyente, pero sí legislativa -mediante Decretos-Leyes que la AN convalida después- el Consejo de Estado (CE) continúa representando a la AN entre una y otra sesiones como órgano permanente. Sólo que ahora, en trance de racionalización, el único partido discierne que el presidente, vicepresidente y secretario de la AN deben serlo también del CE. Así tenemos una suerte de congreso unicameral sin contaminación con las jefaturas de Estado y de Gobierno que hoy convergen en el presidente del CE, pero mañana no si se aprueba la nueva Constitución.

Poder Ejecutivo

El Jefe de Estado será el Presidente de la República, quien viene convoyado con su vice. Que también se invente un Primer Ministro como Jefe de Gobierno para fracturar más la jefatura dualista actual, no implica “menos poder para Díaz-Canel”, sino que contará con un administrador al frente del Consejo de Ministros (Gobierno). Así sucedió con nuestros ilustres presidentes republicanos desde la primera hasta la última administración Batista: ejercían el poder con vice elegido y primer ministro designado.

El nuevo presidente de la República de Cuba no será ni por asomo aquel Manuel Urrutia que Fidel Castro impuso, mangoneó y acabó liquidando de un soplo. Tampoco el Primer Ministro que salga será como Fidel Castro y aquí radica una clave estratégica de la reorganización funcional del Estado tardocastrista: que nadie pueda creerse que será otro Fidel Castro.

Incluso antes de la sirimba intestinal de Fidel, Raúl Castro definió: “El Comandante en Jefe de la Revolución Cubana es uno solo y únicamente el Partido Comunista, como institución que agrupa a la vanguardia revolucionaria y garantía segura de la unidad de los cubanos en todos los tiempos, puede ser el digno heredero”. Para precisar dónde radicaría entonces el foco del poder sólo hay que aplicar la ley de sustitución enunciada por Trotsky hacia 1904 para los regímenes de matriz comunista: el pueblo es sustituido por el Partido único; el único Partido, por su Congreso; el Congreso, por el Comité Central; el Comité Central, por su Buró Político; y el Buró Político, por su Primer Secretario.

El Estado es sólo una derivación funcional de la dictadura del único partido. Y si hoy el Primer Secretario del PCC y el Jefe de Estado y Gobierno son cuadros distintos, nada impide que ambos cargos vuelvan a confluir en una misma persona como venía sucediendo desde 1976 hasta 2018. De ahí la seriedad de la broma que Raúl soltó sobre Díaz-Canel como sucesor suyo, más adelante, en la jefatura del PCC. Sin embargo, es la clave constitucional para que ningún presidente se imagine que es otro Fidel: se podrá ir una sola vez al reenganche por otros cinco años.

Poder Judicial

Impartir justicia es función administrativa especial y como tal queda sometida a los imperativos de la administración de recursos materiales y humanos. Al parecer estos determinan la innovación de que los tribunales no tengan que integrarse de manera colegiada y se puedan celebrar entonces actos judiciales al estilo de la Tremenda Corte: con un solo juez. Tampoco será obligatoria la regla de rellenar la escena judicial con jueces legos.

Todos los órdenes constitucionales y todas las administraciones estatales de la misma dictadura del único partido se orientan de medio a fin, que no es otro que conservar el poder. A tal efecto los cuadros del partido único forman asociaciones nacionales temporales de innovadores y racionalizadores para actualizar el Estado conforme a los intereses de la élite gobernante en el contexto dado. No hay otra cosa en la Constitución venidera, a no ser que queramos militar entre quienes se ponen high y tiran su freestyle para advertir que detrás de tanto jelengue se oculta el coronel Alejandro Castro Espín y otros.

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